Hola, me llamo David. Soy de Barcelona, camino de mudarme a l’Hospitalet:

Recientemente me he comprado una vivienda con mi pareja y quiero reformarla. Soy delineante proyectista de profesión y he pensado hacerme yo el diseño de la reforma.

 Tengo dudas sobre si en un futuro a la hora de hacer una nueva cédula de habitabilidad (actualmente dispone de una cumpliendo las exigencias anteriores a 11 de agosto de 1984) la propuesta que tengo seria aceptable y no me daría problemas en un futuro.

 He leído la normativa y creo que si que cumple; pero por temas profesionales yo no gestiono cédulas de habitabilidad propiamente. Tengo mi criterio de interpretación del texto del decreto, pero creo adecuado que alguien que se haya encontrado específicamente con estos temas me especifique si “voy bien”…

 Adjunto plano en CAD dónde grafio todo de una manera más clara.

Plano vivienda.jpg

 Imagino que estoy pidiendo algo bastante técnico y que no es una consulta fácil (para ser gratuito me refiero).

 P.D.: en respecto al cumplimiento de aislamientos, eficiencia energética, instalaciones agua/elec, saneamiento… no me preocupa por ahora. Básicamente me preocupa la distribución de los espacios. A partir de ahí, me puedo poner con el resto. Que si es más mi especialidad profesional.

 Gracias de antemano, y felicidades por la idea de la página. Ya me he apuntado…

 

Hola David,

En primer lugar decirte que puedes estar tranquilo, por mucho que esto sea un servicio gratuito disponemos de un gran número de técnicos muy cualificados dispuestos a atenderte en todas tus dudas, así que si te queda algo en el tintero no dudes en preguntarnos! Dicho esto pasamos a resolver tus dudas.

Primero de todo, vamos a aclarar un poco que es una cédula de habitabilidad, cuando es necesaria y que trámites hay que realizar, ya que así nos aseguraremos que tengas claros los pasos a realizar la legalización de tu reforma.

cedula habitabilidad.jpg

http://www.cambrapropietat.org

Una cédula de habitabilidad es un documento que acredita que tu vivienda es «habitable», es decir, que cumple unos requisitos mínimos para que pueda ser ocupada normalmente por las personas. Estos requisitos están fijados por el Decreto de Habitabilidad, pero es, en definitiva, el criterio del técnico el que va a establecer si el espacio es habitable o no. La cédula será obligatoria, según este decreto, en los siguientes casos:

                – En el caso de querer alquilar una vivienda.

– Para poder contratar los servicios de instalaciones en las compañías suministradoras.

Asimismo, básicamente se establecen dos tipos de cédula de habitabilidad: de primera ocupación, es decir, en viviendas nuevas o que han sido sometidas a una gran rehabilitación y la de segunda ocupación, para viviendas preexistentes que no dispongan de este documento.

Cedula habitabilidad anexo.jpg

http://www.coac.net

Las cédulas se legalizan mediante las organizaciones de las distintas comunidades autónomas (en tu caso la Generalitat de Cataluña). Hay que tener en cuenta que este documento caduca a los 15 años y debe ser renovado. Este proceso será llevado a cabo por un arquitecto o arquitecto técnico (también conocido como aparejador o ingeniero de la edificación), el cual, después de una inspección visual del inmueble comprobará si cumple con las exigencias de la normativa actual. Después de la inspección visual, realizará un documento donde se especificarán las superficies de los distintos espacios de la vivienda, corroborando que dispone de los equipamientos y espacios mínimos. Este documento debe ser visado por el Colegio profesional del Arquitecto o el Arquitecto Técnico y luego entregado a la oficina correspondiente a tu zona pagando las tasas correspondientes.

Cedula Habita.JPG

Así pues, en tu caso, lo primero que deberías hacer es comprobar que la cédula de habitabilidad de la que dispone tu inmueble no está caducada. Si es este el caso, no necesitarías ninguna cédula de habitabilidad nueva siempre y cuando justifiques que la reforma que haces es una reforma menor.

En caso de tener la cédula caducada tienes dos caminos: el primero, el legal, es leerte bien la normativa y hacer una reforma que se adecue a las exigencias del CTE y del Decreto de habitabilidad de tu comunidad. El segundo, hacerte amigo de algún técnico competente para que te haga él los trámites y te haga la vista gorda con esos «defectillos» que puedas tener en tu reforma y que no se ajusten exactamente a la nueva normativa. El cual no recomendamos en absoluto! 😉

Asimismo, te recordamos que en nuestra página dispones de un servicio de cédulas de habitabilidad y certificados energéticos express, donde podrás conseguir tus documentos de forma rápida y económica.

CEDULAS Y CERTIFICADOS EXPRESS.jpg

Esperamos haberte sido de ayuda a tus dudas!

Saludos!

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